martes, 9 de abril de 2019

CONCURSOS LITERARIOS ESPAÑA XXXV (MAYO 2019)

12º DEL PREMIO "TRISTANA" DE NOVELA FANTÁSTICA (España)


26:05:2019
Género:  Novela
Premio:   6.000 € y edición
Abierto a:  sin restricciones
Entidad convocante: Ayuntamiento de Santander
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre:    26:05:2019

BASES

Primera.-  El concurso tiene por objeto promover el cultivo de la narrativa fantástica con calidad literaria y sentido innovador. Podrán participar todos los escritores de lengua española, de cualquier procedencia, que presenten novelas claramente adscribibles a dicho género narrativo, en cualquiera de sus variedades. El jurado tendrá plena libertad para rechazar aquellos originales que, por su tema o argumento, no quepa considerar del género fantástico. No podrán concurrir quienes hayan obtenido este premio en cualquiera de sus anteriores ediciones. 
Antes del cobro del premio, el galardonado deberá acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con el Ayuntamiento de Santander, así como frente a la Seguridad Social, mediante la aportación de los certificados correspondientes.

Segunda.- Las novelas habrán de estar escritas en lengua española, y serán originales, inéditas, no comprometidas con editorial alguna y no premiadas ni presentadas a otro concurso pendiente de fallo en el momento de enviar el original a este certamen. Las obras no perderán el carácter inédito por el hecho de haber sido parcial o totalmente difundidas a través de soportes electrónicos, salvo que hayan sido comercializadas a través de los mismos.
Cada concursante podrá presentar hasta un máximo de dos novelas.

Tercera.- La extensión de las originales no podrá ser superior a 40.000 palabras.

Cuarta.- Los originales se presentarán por correo electrónico, en archivo adjunto de Word, que se enviará a la siguiente dirección: tristana@santander.es
Los datos identificativos del autor (nombre, apellidos, domicilio, núm. de documento de identidad y núm. de teléfono), así como la declaración jurada de cumplir los requisitos de la base segunda, irán contenidos en el correo, no en el archivo adjunto, que no deberá llevar ninguna seña indicativa de la identidad del autor.

Quinta.- Los participantes podrán solicitar por correo electrónico el acuse de recibo de su original. Igualmente, podrán solicitar cuanta información deseen sobre el desarrollo y resultados del concurso, que les será servida por el Ayuntamiento de Santander con toda la amplitud y celeridad que le sea posible, sin perjuicio de la difusión efectuada a través de los medios de comunicación e Internet.

Sexta.- El periodo de admisión de los trabajos quedará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y se cerrará a las veinticuatro horas del día 26 de mayo de 2019. Se tendrán por válidamente presentados los trabajos que se reciban antes de dicha publicación, una vez se haya informado sobre la convocatoria en los medios de comunicación.

Séptima.- El Ayuntamiento de Santander designará un jurado de varios miembros de reconocida cualificación en el género narrativo, que  realizará una selección de los originales concurrentes antes del 31 de julio de 2019. Los autores de los originales seleccionados serán requeridos por el Ayuntamiento de Santander mediante correo electrónico para que envíen una copia impresa de la obra en el plazo de veinte días. Quienes no atendieren en tiempo y forma a dicho requerimiento quedarán automáticamente excluidos de la selección. El jurado emitirá el fallo, con carácter inapelable, durante el mes de septiembre de 2019.

Octava.- La dotación del premio asciende a 6.000 euros, cantidad sobre la que se efectuará la retención fiscal que proceda. Dicho importe tendrá a la vez el carácter de anticipo de los derechos de autor por la primera edición de la obra. El premio no podrá ser dividido, pero sí declarado desierto.

Novena.- El Ayuntamiento de Santander se compromete a publicar la obra ganadora, dentro del año 2020, en la editorial Menoscuarto Ediciones, con quien tiene suscrito el oportuno convenio de colaboración.

Décima.- El Ayuntamiento de Santander se reserva la facultad de adoptar las medidas que estime oportunas para garantizar la originalidad de los trabajos premiados, así como el estricto cumplimiento de la base segunda.

Undécima.- Una vez publicado el fallo del jurado, se procederá a eliminar los originales no premiados, tanto los archivos electrónicos como el ejemplar en papel.

Duodécima.- El mero hecho de la participación en este certamen implica el conocimiento y aceptación de sus bases.
www.escritores.org
Decimotercia.- Publicidad.- A efectos de cumplir con lo previsto en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, general de subvenciones, según la nueva redacción dada al mismo por la Ley 15/2004, de racionalización del sector público, la presente convocatoria se anunciará en el Boletín Oficial de Cantabria por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, incorporándose al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS) en la web www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index.


Fuente




FUENTE:  ESCRITORES.ORG 

                 * ÁNIMO Y MUCHA SUERTE.

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