XIV CERTAMEN DE RELATOS BREVES "MUJERES" DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE (España)
12:09:2019
Género: Relato
Premio: 2.000 €, certificado acreditativo y publicación
Abierto a: mujeres mayores de 18 años, de nacionalidad española residentes o no en España, y extranjeras con residencia en territorio español
Entidad convocante: Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 12:09:2019
BASES
BASES Y CONVOCATORIA ANTICIPADA DE LOS PREMIOS A OTORGAR POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE EN LA “XIV EDICIÓN DEL CERTAMEN DE RELATOS BREVES MUJERES”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020 Y EN EL MARCO DEL III PLAN MUNICIPAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (III PIOM).
Base 1.- OBJETO. La concesión de este premio-subvención tiene por objeto fomentar, valorar y visibilizar la literatura escrita por mujeres como forma de expresión cultural y artística, e incrementar la presencia de la mujer en la vida cultural y social. Todo ello, en el marco de los objetivos contenidos en el vigente Plan de Igualdad Municipal (en adelante III PIOM), aprobado por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de julio de 2014 (prorrogado por el mismo órgano, en sesión de 27 de noviembre de 2017, hasta 31 de diciembre de 2019).
Base 2.- CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones la presente Convocatoria se resolverá en el ejercicio 2020, teniendo su tramitación carácter anticipado. Dicha resolución se encuentra condicionada a la existencia de crédito en la aplicación presupuestaria 2020-A1112-23104-48180.
Base 3.- CONDICIONES Y REQUISITOS DE LAS PARTICIPANTES.
a) Podrán participar en este Certamen, mujeres mayores de edad (18 años cumplidos), de nacionalidad española residentes o no en España, y extranjeras con residencia en territorio español.
b) No podrán participar aquellas autoras que hayan obtenido el Primer Premio, en alguna de las tres ediciones inmediatamente anteriores a esta convocatoria, es decir, las ganadoras de la XI, XII y XIII Edición del Certamen de Relatos Breves Mujeres del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
c) Cada autora sólo podrá presentar una obra en cada convocatoria.
d) En ningún caso se admitirán relatos escritos por más de una autora.
Base 4.- TEMÁTICA Y REQUISITOS DE LAS OBRAS PRESENTADAS A CONCURSO.
a) Los trabajos consistirán en relatos breves, de temática relacionada con el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
b) Las obras literarias, presentadas en lengua castellana, deberán ser inéditas, no se admitirán obras premiadas, reconocidas o seleccionadas en otras convocatorias, certámenes, festivales o eventos similares.
c) La extensión mínima del relato será de 5 páginas y la máxima será de 10 páginas, con márgenes de 3 cm., superior e inferior, e izquierda y derecha. El cuerpo de la letra será Arial 12 y espacio interlineado doble.
d) En el encabezado de la primera página del relato, habrá de figurar exclusivamente el título de la obra y localidad de empadronamiento de la autora. En ningún caso, el relato presentado a concurso podrá contener los datos de identificación de su autora.
e) La identificación de la autora en la obra presentada, o el incumplimiento de cualquier otro de los requisitos contenidos en las presentes Bases, será motivo de descalificación de la participante y su obra será retirada del Concurso.
Base 5.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO.
a) La presentación de los relatos se realizará exclusivamente por vía telemática
a través del enlace: www.santacruzdetenerife.es/web/index.php?id=1193
Y según las siguientes indicaciones:
1. Cumplimentar el modelo de solicitud correspondiente. (Anexo I), que incluye declaración responsable del cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la Convocatoria, en aplicación del art. 23.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Adjuntar al mismo, archivo en formato Word o formato pdf., que contendrá el relato que presenta a concurso, de acuerdo a los requisitos recogidos en la Base 4. El archivo (Word o pdf) que se adjunte, debe denominarse exactamente igual al título del relato que se presenta a concurso.
3. Una vez cumplimentada la solicitud e incorporado el relato que presenta a concurso, habrá de dar la orden de envío.
b) Una vez remitida su solicitud, recibirá un mensaje confirmando que su solicitud ha sido recibida.
c) El plazo para la presentación de solicitudes, será desde el día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y hasta el día DOCE (12) de septiembre de 2019 inclusive.
Base 6.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
a) La concesión de este premio-subvención se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad y publicidad.
b) La instrucción del procedimiento corresponde a la Concejalía delegada en materia de Igualdad, tramitándose la convocatoria de los Premios XIV Certamen de Relatos Breves Mujeres, por el Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y soporte administrativo a los Distritos.
c) Las solicitudes serán resueltas, atendiendo al fallo del jurado que se constituya al efecto, por la Junta de Gobierno de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en los términos del artículo 17 de RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Base 7.- EL JURADO.
a) El Jurado estará compuesto por:
• Una Presidencia, que ostentará la titular de la Concejalía con delegación en materia de Igualdad o persona en quien delegue.
• Una Secretaría, con voz pero sin voto, que será la persona responsable administrativa de la unidad tramitadora o funcionario/a en quien delegue.
• Cuatro (4) vocalías; personas de reconocida solvencia en el campo de las letras y/o la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y que se designarán por quien ostente la delegación en materia de Igualdad.
b) Para asegurar la máxima imparcialidad en el proceso de elección del relato ganador, el Jurado, a excepción de quien ejerza la Secretaria, no conocerá la identidad de las autoras participantes.
c) Para la válida constitución del Jurado, a efectos de la celebración de las sesiones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de la Presidencia y Secretaría, o en su caso, de quienes sustituyan y de la mitad de sus vocalías.
d) Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos. En caso de empate y una vez agotada la vía del consenso, decidirá el voto de calidad de la Presidencia.
e) El Jurado tendrá facultad para resolver las posibles dudas en la interpretación de la presente convocatoria y sus Bases, así como, la de declarar desierto el concurso si estimara escasa la calidad de los trabajos presentados o la no adecuación de las obras a las Bases del Concurso.
f) El fallo del Jurado que es inapelable, se elevará a resolución de la Junta de Gobierno de la Ciudad.
Base 8.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Y PREMIOS.
a) El Jurado tendrá en cuenta para la valoración de las obras presentadas, los siguientes criterios y con la ponderación que a continuación se indica, con un máximo de 100 puntos:
CRITERIO PONDERACIÓN (máxima puntuación de cada Criterio)
TEMA (Base 4. a) 45 puntos
TÉCNICA (inicio, desarrollo, desenlace, personajes) 40 puntos
ORIGINALIDAD 15 puntos
TOTAL 100 puntos
b) El Jurado seleccionará al menos cinco relatos finalistas y podrá también, otorgar un accésit de reconocimiento para el mejor relato de una autora del municipio.
c) Entre los relatos seleccionados, el Jurado designará el relato ganador dotado con un premio de DOS MIL EUROS (2.000,00 €) más un 1º Accésit que obtendrá un premio de MIL EUROS (1.000,00 €).
d) En caso de que el Jurado otorgue el accésit de reconocimiento a mejor autora local, este accésit estará dotado de un premio de SEISCIENTOS EUROS (600,00€).
e) A las autoras de las obras seleccionadas, se les hará entrega de un Certificado acreditativo del resultado del XIV Certamen de Relatos Breves Mujeres.
f) El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife realizará una publicación con todos los relatos ganadores del XIV Certamen de Relatos Breves Mujeres.
Base 9.- CONFORMIDAD Y CESIÓN DE DERECHOS.
a) La participación en el Concurso implica la plena conformidad y aceptación íntegra de las presentes Bases.
b) El incumplimiento de las Bases del Concurso, ocultación de datos, su alteración o manipulación, podrá ser causa de desestimación y en su caso, de reintegro de los premios.
c) Las autoras de las obras premiadas, autorizan al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a reproducir sus obras, en los soportes y materiales que determine, de manera que se puedan utilizar, difundir y publicar cualquiera de los relatos seleccionados y premiados con fines divulgativos y sin ánimo de lucro. Asimismo, mantendrán sus derechos de autora y posibilidades de comercializar su relato.
d) Transcurrido el plazo de UN MES (1), a partir de la fecha de publicación del fallo del jurado, los demás trabajos que no hubieran resultado seleccionados serán destruidos, levantando acta de este hecho quien ostente la secretaría del Jurado.
BASE 10.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
a) El fallo del Jurado, se producirá, salvo causa debidamente justificada, en el mes de diciembre del año en curso.
b) Se establece como medio de notificación o publicación del fallo del Jurado el portal web del Ayuntamiento www.santacruzdetenerife.es, sin perjuicio de que se pueda comunicar las notificaciones o publicaciones a través de otros cauces de comunicación.
c) A partir de la fecha de publicación del fallo, las autoras que hayan sido propuestas, tendrán que presentar en el plazo máximo de diez días (10), escrito en el que comuniquen su aceptación (anexo II), en caso de no aceptar dentro del referido plazo quedará sin efecto el premio propuesto.
d) Las autoras propuestas, deberán además, y dentro del plazo señalado en el apartado anterior, enviar por correo electrónico a la dirección: igualdad@santacruzdetenerife.es, e indicando en asunto: “Obra premiada en el XIV Certamen de Relatos Breves Mujeres” la siguiente documentación:
1. Un archivo del relato premiado en formato Word con las posibles correcciones ortográficas necesarias para su correcta publicación.
2. Breve reseña biográfica de la autora (formato Word) con un máximo de 200 palabras.
3. Un archivo (formato pdf o jpg) con copia de su documento de identidad.
e) El fallo del Jurado, será elevado a la Junta de Gobierno de la Ciudad, quien resolverá el procedimiento. La Resolución será publicada en el portal web del Ayuntamiento www.santacruzdetenerife.es, sin perjuicio de que se pueda comunicar las notificaciones por cualquier otro cauce de comunicación.
f) Se considerará suficiente justificación para el otorgamiento de los premios que se concederán, la aportación del Acta del Fallo del Jurado, en la que figurará la relación de los relatos ganadores y el nombre de la autora; así como, la inclusión en el expediente de los relatos premiados.
Base 11.- RECURSOS. Contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de UN (1) MES, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, si el acto fuera expreso; si no lo fuera, podrá interponerse en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Base 12.- ABONO DE PREMIOS. El abono del premio se efectuará (con la correspondiente retención del IRPF o los correspondientes impuestos), un vez dictada la oportuna resolución de concesión y previa comprobación de que las beneficiarias se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias, con la seguridad social (art. 13.2.e) LGS) y no tienen cantidad pendiente de reintegro a la Tesorería Municipal (art. 13.2 g) LGS) y presentación, en un plazo máximo de diez días (10) contados a partir de la comunicación del fallo, de la siguiente documentación:
a) Alta a Terceros para procedimientos de pago en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente a la cuenta bancaria de la interesada y debidamente diligenciada. (Anexo III)
b) Fotocopia del Documento de Identidad (DNI, NIE, Pasaporte).
c) La ganadora del accésit de mejor autora local, deberá aportar además, certificado acreditativo de estar empadronada en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, o Autorización para que por el Ayuntamiento se aporte de oficio la citada acreditación su empadronamiento.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.- Régimen Jurídico. Los premios se regirán por las presentes Bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Reglamento de desarrollo de la cita Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, aprobada por acuerdo plenario de 17 de junio de 2005 (BOP nº 146, de 5 de septiembre de 2005), y modificada el 25 de febrero de 2011 (BOP nº 94, de 10 de junio de 2011) y por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
INFORMACIÓN.- Para obtener información sobre la presente convocatoria, podrán dirigirse al Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Distritos, a través del teléfono 922 60 65 42, la dirección de correo electrónico igualdad@santacruzdetenerife.es., o a través del Portal web municipal: www.santacruzdetenerife.es
Fuente y Anexos
FUENTE: ESCRITORES.ORG
* ÁNIMO Y MUCHA SUERTE.
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