PREMIOS CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016 (España)
21:10:16
Género: Cómic
Premio: 10.000 €
Abierto a: sin restricciones por nacionalidad o residencia
Entidad convocante: Ayuntamiento de Palma
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 21:10:2016
BASES
PREMIOS CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016 (España)
BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016
1. Objetivos y finalidad
El Objetivo de las bases es la regulación de la convocatoria de los Premios Ciudad de Palma de Cómic con la finalidad de dar apoyo al sector del cómic y reconocer la labor de los creadores.
2. Régimen jurídico
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Para toda la normativa que no previene estas bases reguladoras es de aplicación la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el de subvenciones; del cual se aprueba a todo lo que no prevén estas bases reguladoras es de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones; la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma, y las Bases de ejecución del Presupuesto municipal y el resto de normativa que sea de aplicación.
3. Participación
Puede optar al Premio cualquier obra que se ajuste al concepto de cómic comúnmente aceptado y que cumpla los siguientes requisitos:
a. Ser original e inédita.
b. No haber sido premiada en ningún otro concurso ni estar pendiente de veredicto en la fecha en que finalice el plazo de presentación.
c. No ser de autores fallecidos antes del anuncio de esta convocatoria.
La obra puede ser en catalán o castellano.
Se puede presentar un proyecto realizado por un solo autor o por varios autores integrantes que se repartan sus tareas entre guionistas, dibujantes, entintadores y coloristas, que serán considerados coautores.
El autor o coautores participantes en el Premio no podrán presentar su proyecto a otros concursos hasta que no se conozca el veredicto de éste.
4. Premio
Se entregará un premio único e indivisible. Este Premio se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.
La persona o las personas galardonadas serán acreedoras de la cantidad de 10.000 euros en concepto de derechos de autor y royalties de la primera edición del cómic en lengua catalana/castellana, del 50% del importe después de que se comunique el veredicto y del 50% restante después de que entreguen el proyecto terminado, antes del 30 de septiembre de 2017.
Si no presentan el proyecto finalizado dentro del tiempo indicado deberán devolver la cantidad recibida.
Durante los 12 meses siguientes desde la concesión del Premio los premiados cederán los derechos de publicación en el Ayuntamiento de Palma y conservarán la propiedad intelectual de su obra. Asimismo, para facilitar la edición y la distribución de la obra el Ayuntamiento, podrá ceder el derecho de publicación en una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente. En este caso a la edición de la obra deberá mencionar que ha sido ganadora del Premio Ciudad de Palma e indicar el número de la edición y el año.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar una exposición con los originales de la obra ganadora y las finalistas.
5. Consignación presupuestaria
Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del premio de
esta convocatoria se reserva la cantidad total de 10.000 euros, con cargo a la partida 03.33420.48000 del Presupuesto de gastos de 2017.
6. Formato
La modalidad objeto del Premio es el cómic.
El estilo, el tratamiento y el género de la historieta presentada son totalmente libres. Cada autor debe enviar una propuesta de libro con un mínimo de 16 páginas acabadas. La extensión final para quien resulte ganador debe ser de un mínimo de 44 páginas, sin que haya un máximo preestablecido. Se puede presentar en blanco y negro o en color, y se acompañará un dossier que contenga, como mínimo, las 16 páginas acabadas, con su correspondiente título, en copias impresas en formato DIN-A4, y una sinopsis detallada, de 2 folios como mínimo, de la historia completa. Estas copias -no se admitirá obra original, sólo las copias- se deben acompañar con:
a. Datos del autor o coautores: nombre, apellidos, dirección postal y electrónica, teléfono y fotocopia del DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación legalmente aceptado.
b. Copia de la obra en soporte informático de las páginas acabadas presentadas con las imágenes en formato JPG o TIFF, con 300 ppp de resolución y archivo máximo de 10 MB.
c. Declaración jurada de que no presentará esta obra en otros concursos hasta que no se conozca el veredicto de este Premio. En caso contrario será excluido.
7. Envío de las obras
El plazo de admisión de las propuestas es el 1 de septiembre al 21 de octubre de 2016, de lunes a viernes, de 10 a 14 h. Los trabajos, que deben ser impresiones, se deben enviar o entregar en un sobre con la indicación “PREMIO CIUDAD DE PALMA DE CÓMIC 2016” en la sede de la Fundación Palma Espai d’Art (Casal Solleric), paseo del Born, 27, 07012, Palma (c/e: solleric@palma.cat; tel. 971 722 092).
Se tomarán las medidas adecuadas respecto de la custodia y conservación de los trabajos, aunque el Ayuntamiento no se hace responsable de los deterioros o los accidentes que puedan sufrir.
8. Jurado
El funcionamiento del jurado se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El jurado estará formado por un máximo de 5 miembros, profesionales del sector del cómic, que serán designados por el alcalde de Palma, y se hará público antes de que termine el plazo de presentación de los dossiers.
El jurado actuará con libertad y discrecionalidad.
El jurado deberá resolver motivadamente la concesión de los premios o su consideración que deben declararse desiertos. Su veredicto será inapelable.
9. Entrega de los Premios
Los Premios se entregarán durante las Fiestas de San Sebastián del año 2017.
La persona o las personas galardonadas se comprometen a estar presentes en el acto de entrega de los Premios. El Ayuntamiento no se hará cargo de los gastos para asistir.
10. Normativa fiscal
Los Premios están sujetos a la normativa fiscal vigente.
Antes de la propuesta definitiva de adjudicación de los Premios a los ganadores deberán presentar:
a. certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social
b. certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias
c. declaración responsable de no estar afectados por ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB
d. si no tienen residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal
11. Instrucción y resolución
La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio de Cultura de la Concejalía Delegada de Cultura, Patrimonio, Memoria Histórica y Política Lingüística.
El instructor a la vista de la decisión del jurado formulará propuesta de resolución que elevará a la Junta de Gobierno de Palma.
Se prescinde del trámite de audiencia, conforme al artículo 84.4 de la Ley 30/1993, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de tres meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras.
La resolución se notificará al premiado/s, de conformidad con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, LRJAP-PAC.
12. Aceptación e interpretación de las Bases
Tomar parte en el Premio Ciudad de Palma de Cómic supone aceptar estas bases.
Incumplir las obligaciones que imponen esta Bases podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.
El jurado del Premio tiene la facultad de interpretarlas y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.
El Ayuntamiento resolverá cualquier problema que estas Bases no prevean.
Para consultas pueden dirigirse al Negociado de Espais d’Art (tel. 971 722 092; a/e: solleric@palma.cat).
Fuente: www.caib.es
FUENTE: ESCRITORES.ORG
* ÁNIMO Y MUCHA SUERTE.
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