04:08:2017
Género: Periodismo
Premio: 1.500 €
Abierto a: personas físicas que ejerzan habitualmente el periodismo, con nacionalidad española o residentes en España, mayores de 18 años
Entidad convocante: Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO) y el Consejo Superior de Deportes (CSD)
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 04:08:2017
BASES
De conformidad con la Orden de Bases TAS/535/2007 de 23 de febrero (BOE de 10 de marzo de 2007), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, ayudas y becas por el Instituto de la Mujer. El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades en el marco de un Convenio de Colaboración con el Consejo Superior de Deportes, firmado con fecha 12 de septiembre de 2016, convoca el I Premio “LILI ALVAREZ”, de acuerdo a las siguientes condiciones:
1. Objetivo:
El objetivo del Premio “Lilí Alvarez”, convocado por el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO) y el Consejo Superior de Deportes (CSD), es destacar los trabajos periodísticos que mejor hayan contribuido a la difusión y defensa de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito deportivo y a visibilizar el deporte femenino en España.
www.escritores.org
2. Categorías:
Se establecen tres categorías, según el formato del trabajo, difundidos tanto en medios convencionales -prensa, radio y televisión-, de ámbito estatal o autonómico, como en medios digitales u otros sitios de Internet (blogs, redes sociales, webs, etc.):
· Trabajos periodísticos de texto.
· Trabajos periodísticos gráficos.
· Trabajos periodísticos audiovisuales.
Los trabajos podrán ser de cualquier género periodístico (noticia, reportaje, crónica, entrevista, etc.) y de autoría individual o colectiva; en este último caso la candidatura deberá ser presentada conjuntamente o con autorización de cada persona co-autora.
3. Dotación y financiación:
La dotación del premio es de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €) para cada una de las categorías, incluyendo los impuestos que correspondan según la legislación vigente.
La financiación de estos premios se imputará al presupuesto de gastos del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, con cargo a la partida presupuestaria 26.107.23B. 226.06.
4. Requisitos de las personas participantes:
· Podrán participar personas físicas que ejerzan habitualmente el periodismo, con nacionalidad española o residentes en España y con 18 años cumplidos a 1 de enero de 2015.
· Los trabajos deberán haber sido publicados entre el 1 de enero de 2015 y la fecha de finalización del plazo para presentar candidaturas al concurso.
· Podrán presentarse trabajos en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado.
· Cada concursante podrá optar simultáneamente a cualquiera de las categorías, con un trabajo como máximo en cada una de ellas.
· No se admitirán trabajos seleccionados o premiados en otros concursos.
5. Plazo y forma de presentación de candidaturas:
El plazo de presentación de candidaturas será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta las 15 horas del día de finalización del plazo.
Para difusión la convocatoria también se publicará en las páginas web oficiales del IMIO (www.inmujer.gob.es) y del CSD (www.csd.gob.es). Deberá cumplimentarse y firmarse el Boletín de Inscripción y los anexos que correspondan por cada trabajo presentado, disponibles en las páginas web de ambos organismos, que junto con el resto de documentación requerida se podrá presentar:
· En el Registro General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, en la C/ Condesa de Venadito nº 34, 28027-Madrid.
· En cualquiera de las oficinas y registros a los que hace referencia el punto 4 del art. 16 de la Ley 39/15, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido al Registro General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, indicando en el sobre ‘Premio “Lilí Alvarez”.
6. Documentación que debe de presentarse
Para participar en este concurso se debe presentar la siguiente documentación:
A. Documentación general:
· Copia auténtica, en los términos del artículo 27.2 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del documento de identidad acreditativo de la nacionalidad o residencia y edad de cada solicitante. La persona interesada o quien ostente su representación podrá prestar, en el modelo de solicitud, el consentimiento expreso para que el Instituto de la Mujer y de Igualdad de Oportunidades obtenga de forma directa, a través de medios electrónicos, los datos de identidad, según el artículo 6.3.a) de la Orden TAS/535/2007, de 23 de febrero.
· Formulario “Boletín de inscripción” (Anexo I) debidamente firmado. Si la autoría es compartida, deberá ir firmado por cada autor/a o incluir su autorización a participar (modelo Anexo II).
· Breve currículum vitae de cada uno de los autores o autoras que concurren al concurso, individual o colectivamente (2 paginas máximo cada uno).
· A efectos de valoración como mérito, en el caso de que la persona autora del trabajo sea periodista, deberá aportarse la titulación universitaria acreditativa.
B. Documentación especifica por categorías:
Textos impresos y gráfica:
· Deberá presentarse en papel original o fotocopia compulsada de la página completa del medio escrito en el que haya sido publicado el trabajo.
· En caso de ser una publicación digital, una copia impresa en la que sea visible el sitio de internet o dirección URL en que se ha difundido.
En ambos casos, deberá constar igualmente la fecha de publicación y la autoría.
· Una copia en soporte digital (CD o DVD no regrabables) en archivo formato PDF para modalidad de texto, y en formato JPG con resolución mínima de 300 dpi, para modalidad de gráfica.
Trabajos audiovisuales
· Videos: copia en formato .avi o .mp4, con calidad suficiente para su valoración, preferentemente de 480p o 720p o 720x480.
· Audios: copia formato .mp3. con calidad suficiente para su valoración, preferentemente de 320 Kbps.
En ambos casos, en soporte CD o DVD no regrabables. Si el volumen de los archivos es grande, se admiten versiones comprimidas en formato .zip o varios CD o DVD, convenientemente rotulados por su orden.
Dossier de otros trabajos de la/s persona/s candidata/s, relacionados con los objetivos del premio y publicados durante el mismo periodo, a efectos de valoración. Podrá presentarse en papel o en el soporte digital.
En ningún caso podrá ser presentado un mismo trabajo con más de una autoría como candidaturas independientes. Si esto ocurriese, los criterios para determinar la candidatura válida serán, el orden de presentación en el Registro del IMIO y, el orden en el que aparecen como autores/as en la firma del trabajo, prevaleciendo en caso de duda el primer criterio.
7. Procedimiento de concesión.
Los premios serán concedidos mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad y publicidad.
La Secretaria General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades será el órgano competente para la instrucción del procedimiento de valoración, resolución y concesión del premio.
8. Jurado
· Composición:
1. Presidencia: Titular de la dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades o persona en quien delegue.
2. Vicepresidencia: Titular de la dirección del Consejo Superior de Deportes o persona en quien delegue.
3. Vocales:
· Dos personas funcionarias del IMIO o al CSD con competencia en la materia.
· Tres profesionales de los medios de comunicación de reconocido prestigio. Las personas responsables de comunicación del IMIO y el CSD.
Las vocalías no definidas por los puestos de trabajo, serán designadas de común acuerdo por la dirección del IMIO y la dirección del CSD. Los nombres serán publicados en las páginas web de los organismos convocantes con anterioridad a la constitución del Jurado.
4. Secretaría: Persona funcionaria del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, designada igualmente por la dirección del mismo, que actuará con voz pero sin voto.
· Funcionamiento
1. Para que el Jurado se constituya y pueda celebrar las sesiones válidamente se precisará del quorum de la mayoría de miembros.
2. Si ningún trabajo supera la mitad de la puntuación máxima, el jurado podrá optar por declarar desierto el Premio.
3. El fallo del Jurado será inapelable, teniendo además este la facultad de interpretar las bases y determinar las normas de funcionamiento, así como la exclusión de aquellos trabajos que se considere que no se ajustan a los objetos o requisitos del premio.
9. Criterios de valoración.
Los criterios y puntuación, con un máximo de 60 puntos, que aplicará el Jurado para la selección de las candidaturas ganadoras serán los siguientes:
a) Calidad periodística del trabajo atendiendo a su rigor, originalidad e interés del contenido y calidad narrativa y/o fotográfica.
De 0 a 21 puntos: con un máximo de 7 puntos a cada aspecto contemplado (rigor, originalidad y calidad).
b) Tratamiento periodístico a favor de la igualdad en el deporte y la visibilización del deporte femenino y sus logros, especialmente en las modalidades más masculinizadas, atendiendo al respeto y reconocimiento de las deportistas y de su actividad, a la denuncia de la discriminación de género en el deporte y al espacio dedicado al tema.
De 0 a 24 puntos: con un máximo de 6 puntos a cada aspecto contemplado (visibilización, tratamiento, denuncia de discriminación y espacio).
c) Otros trabajos vinculados al objeto del premio, acreditados mediante el dossier indicado en el apartado 6 de estas bases.
De 0 a 8 puntos.
d) Alcance en la difusión del trabajo. El Jurado podrá asignar una puntuación extra por este criterio, valorando la repercusión social del tipo de soporte en el que se ha publicado y/o los datos generales de difusión de los medios.
De 0 a 4 puntos.
e) Titulación en periodismo o comunicación audiovisual. Se otorgan 3 puntos a quien acredite dicha titulación.
Finalmente se obtendrá el total de puntuaciones de cada trabajo, y será seleccionado como ganador el que alcance la más alta, en cada una de las categorías. En caso de empate se aplicará el voto de calidad de la presidencia del Jurado.
10. Aceptación de las bases y cesión de derechos. La participación en este concurso supone la aceptación íntegra e incondicional de las
presentes bases y la cesión a las entidades convocantes de los derechos de reproducción, difusión y exposición de los trabajos premiados, en soportes propios, tanto impresos como digitales, con fines educativos y de sensibilización.
En el caso de que aparezcan imágenes de personas en las obras enviadas, queda entendido que se da su consentimiento para la reproducción o publicación de las mismas. En ningún caso serán utilizadas con otra finalidad diferente a la indicada en estas bases.
El derecho a la propia imagen es un derecho fundamental reconocido en el artículo 18.1. de la Constitución Española y desarrollado en la Ley 1/1982, de 5 de mayo sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, así como la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal.
En cumplimiento de esta normativa, los datos de carácter personal facilitados serán utilizados con fines de comunicación con la/s persona/s autora/s en las distintas fases del concurso, así como para la difusión del mismo.
En cualquier caso, podrá ejercerse el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante comunicación escrita dirigida al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, en la dirección postal C/ Condesa de Venadito 34, 28027 Madrid, o en la dirección de correo electrónico: secgral@inmujer.es.
11. Resolución y notificación del premio.
La titular de la Direccion del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, sobre la base del fallo del jurado, dictará la resolución de concesión de los premios, que será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento a la persona o personas interesadas será de seis meses contados desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, las personas interesadas habrán de entender desestimadas sus solicitudes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación correspondiente, recurso potestativo de reposición ante el órgano del que proceda la resolución, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambos recursos.
Los organismos convocantes podrán celebrar un acto público para la entrega de los premios, que sería presidido por representantes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
En todo caso, la concesión del premio se difundirá a través de los soportes de comunicación propios de los organismos convocantes.
La documentación relativa a las candidaturas que no resulten premiadas podrá ser recuperada por quienes la presentaron dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la concesión de los premios, no responsabilizándose la Administración de los que no sean retirados en dicho plazo.
Fuente y Anexos: www.inmujer.gob.es/servRecursos/convocatorias/2017/docs/LiliAlvarez2017/170627ResolucionDtoraFirmada_conANEXOS(Firmado).pdf
FUENTE: ESCRITORES.ORG
* ÁNIMO Y MUCHA SUERTE.
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