XVIII PREMIO DE POESÍA VICENTE NÚÑEZ 2018 (España)
30:06:2018
Género: Poesía
Premio: 9.000 € y edición
Abierto a: sin restricciones
Entidad convocante: Diputación de Córdoba
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 30:06:2018
BASES
La Diputación de Córdoba, a través de su Delegación de Cultura, convoca el XVIII Premio de Poesía Vicente Núñez con arreglo a las siguientes bases:
01
Podrán presentarse a este concurso poetas de cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén escritos en castellano. Quedan excluidos de esta convocatoria los autores premiados en ediciones anteriores de este premio.
02
Se establece un premio de NUEVE MIL EUROS (9.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 550.3341.48101 del presupuesto para el ejercicio 2018. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición, que será de 400 ejemplares, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos a los que se refiere la Base Décima.
03
El premio se otorgará a un poemario inédito de tema libre, no pudiendo haber sido publicado ni total ni parcialmente, ni premiado en ningún otro concurso, certamen o actividad literaria, y con una extensión mínima de cuatrocientos versos.
04
Se presentarán seis ejemplares, mecanografiados, a doble espacio, por una sola cara, y debidamente cosidos, grapados o encuadernados.
Deberán presentarse sin firma, bajo lema. Acompañados de un sobre cerrado en cuyo exterior figure el lema del poemario y en cuyo interior se detallarán: nombre, apellidos, dirección, correo electrónico y teléfono del poeta, así como una breve reseña biográfica. También debe incluir una declaración jurada de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar pendiente de resolución en otro concurso.
Ni en los trabajos, ni en el sobre figurará ningún elemento que permita identificar al autor, por lo que quedaría rechazado cualquier trabajo presentado bajo un pseudónimo del que fuera comúnmente conocida la verdadera identidad de su autor.
05
El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15. CP. 14071) de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14,00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente del extracto de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, y concluirá el día 30 de junio del 2018.
Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores serán excluidos de la convocatoria.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará, en el Tablón de Edictos de la Diputación de Córdoba, relación de trabajos presentados por lema.
06
El Jurado estará formado por destacadas personalidades de las letras y la poesía; será presidido por el Sra. Vicepresidenta Tercera y Diputada-Delegada de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Del mismo formará parte, con carácter honorífico, el/la Alcalde/Alcaldesa del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, localidad natal de Vicente Núñez. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.
Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los mismos. Esta Comisión será designada por la Sra. Vicepresidenta Tercera y Diputada-Delegada de Cultura.
07
Se leerán los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.
08
A la vista del fallo del Jurado, el órgano instructor formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
www.escritores.org
09
La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.
10
Los derechos de la obra ganadora quedarán en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el ejercicio de 2019, haciéndose constar en la publicación que se trata del XVIII Premio de Poesía “Vicente Núñez” correspondiente al año 2018.
Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada. El autor recibirá, junto con la dotación económica mencionada, 40 ejemplares de la obra.
11
Los trabajos no premiados se podrán retirar de la Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del recibo extendido por el Registro General o del justificante del certificado de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad de reclamación.
12
Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto de la Sra. Vicepresidenta Tercera y Diputada-Delegada de Cultura.
13
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento es de seis meses, computados a partir de la finalización del plazo de presentación de trabajos.
14
El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.
Fuente: www.aguilardelafrontera.es
FUENTE: ESCRITORES.ORG
* ÁNIMO Y MUCHA SUERTE.
No hay comentarios:
Publicar un comentario